|
Xabi hace 86 dias |
Muchas gracias por tu respuesta, Manuela. El Decreto tiene un preámbulo o exposición de motivos que no sé por qué no se han incluido aquí. En ese preámbulo habría que dejar claro lo que ya he apuntado en mi anterior comentario, subrayando que, en las actuales circunstancias, la averiguación de la verdad sobre las vulneraciones de Derechos Humanos cometidas por funcionarios del Estado va a ser muy pero que muy díficil. En ese preámbulo, también habría que dejar claro que sin Verdad no puede haber ni Justicia ni Reparación y que, por lo tanto, la prioridad absoluta de este Decreto es la averiguación de la Verdad. Para ello, habrá que partir de la realidad actual, por supuesto. Pero lo que no se puede hacer es empezar a construir la casa por el tejado, que es lo que se hace en el Decreto, recogiendo primero el Derecho a la Reparación, artículo 8; después el Derecho a la Justicia, el 12; y por último el que tendría que ser sin duda el primero de todos, el Derecho a la Verdad. Ahora toca Verdad y Reconocimiento y para ello, como bien dice Jon Landa, “lo esencial es que se pongan medios personales y materiales, con independencia y autoridad moral, a buscar la verdad. A ayudar a las víctimas a que puedan decir su verdad. Eso requiere que la Comisión tenga capacidad de investigación por encima y al margen del Gobierno y autonomía financiera y de medios a su disposición”. ¿Se está dispuesto a poner esos medios? Esa es la pregunta clave, porque sin esos medios a la gran mayoría de las víctimas se les va a seguir negando su Derecho a la Verdad y por supuesto también al de la Justicia y la Reparación con garantías de no repetición.
|